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Realización de dictámenes periciales previos a la peritación oficial o de oficio: |
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Resulta de un valor clave en los casos en los que la realización de la peritación oficial o de oficio se prolongue y de este modo se vean afectados por lapsos considerables de tiempo los derechos de los actores.
También resulta de gran valor la comparación de estos dictámenes solicitados por la parte con los oficiales o de oficio toda vez que, como puede suceder, en estos últimos se verifiquen conclusiones erróneas, pericias mal fundamentadas o dictámenes dudosos. |
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Asesoramiento al letrado patrocinante sobre la confección de la demanda y la solicitud de |
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puntos periciales específicos de la prueba pericial psicológica: |
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Determinados aspectos fundamentales del litigio se vinculan con conceptos propios de la disciplina psicológica, lo que hace que sea de vital importancia tenerlos en cuenta a la hora de confeccionar la demanda y solicitar los puntos periciales. |
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Asesoramiento a los peritados: |
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La posibilidad de que las personas que serán sometidas a una peritación psicológica oficial o de oficio reciban previamente un asesoramiento profesional acerca de la tarea a realizar es de un valor esencial. |
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Perito de parte y consultor técnico: |
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Resulta imprescindible la presencia de un profesional de la psicología que asista, controle y acompañe el desenvolvimiento de la prueba pericial psicológica oficial o de oficio. Tanto el consultor técnico como el perito de parte deberían intervenir desde un primer momento en la producción de esta prueba, supervisando el desenvolvimiento de la pericial de oficio u oficial, el modo de implementar las diversas técnicas de exploración psicológica, las producciones que efectivamente realizó el peritado, etc. La presencia de un consultor técnico o perito de parte en la peritación oficial o de oficio es de vital importancia a la hora de asesorar al letrado patrocinante en el proceso de impugnación o pedido de aclaración de la pericia. |
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Asesoramiento para la impugnación o pedido de aclaración de la pericia oficial o de oficio: |
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Por tratarse de un lenguaje técnico específico y de conclusiones que arrojan las pruebas psicológicas propias de la disciplina -elementos que escapan al conocimiento común- es de vital importancia que el letrado cuente con el asesoramiento de un profesional de la psicología con el propósito de que lo objetado a la peritación oficial o de oficio no se limite a señalar contradicciones banales, desacreditar superficialmente al perito, o apuntar a cuestiones carentes de importancia para lo investigado en ese punto de controversia, sino que se base en errores en los que ha incurrido el perito oficial o de oficio desde la disciplina de la psicología que objeten y refuten el informe adverso, a fin de preservar los derechos afectados por estos informes desacertados.
Una impugnación acompañada con abundante material que fundamente las conclusiones, donde se expongan los errores del perito oficial o de oficio, pueden convencer al Juez sobre la razón que asiste a la parte afectada. Esto podrá dar lugar a la nulidad de la pericia adversa y a solicitar una nueva pericia acompañada por el consultor técnico o perito de parte. |
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Responsable del Área Asesoramiento Legal: |
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Lic. Juan Pablo Mizrahi |
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